Tú puedes beneficiarte de ventajas fiscales y las personas más vulnerables de tu aportación.
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Desde el 1 de enero de 2024 se encuentra en vigor la nueva Ley de Mecenazgo, la cual incorpora las actuales ventajas fiscales de las que podrías ser beneficiario. Accede al enlace para informarte sobre las últimas actualizaciones en la legislación.

DEDUCCIONES FISCALES*

SI ERES EMPRESA

Porcentaje de deducción según aportación realizada en el ejercicio que realices tu Impuesto de Sociedades y siguientes.

SI ERES PERSONA FÍSICA

Porcentaje de deducción según aportación realizada en el ejercicio que realices tu declaración de la Renta y siguientes.

Consulta las condiciones fiscales de tu lugar de residencia, o del domicilio fiscal de tu empresa, es posible que se apliquen deducciones fiscales diferentes.
* Límite de deducción del 15% de la base liquidable
* En caso de haber donado más de 250€ durante 3 años seguidos, siempre que el importe de lo donado en el propio ejercicio y en el anterior sea igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio inmediato anterior.
** En el caso de haber donado durante 3 años seguidos, el importe ha de ser igual o superior, en cada uno de ellos, al ejercicio anterior para beneficiarse del incremento de deducción indicado.
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Si ya eres socio/a o has hecho alguna donación a Cruz Roja, te invitamos a aprovechar las ventajas fiscales y aumentar el impacto de tu ayuda.

Si aún no colaboras con nosotros, este puede ser un buen momento para unirte a Cruz Roja.

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